La eléctrica Iberdrola ha dado a conocer hoy, 24 de octubre, algunos aspectos importantes del dividendo que abonará los primeros días del mes de enero, con cargo a los beneficios de 2018.
Lo importante para el accionita es el incremento del 8% en la cuantía de este dividendo a cuenta, pasando a ser de al menos 0.15 euros por acción.
Lo importante para el accionita es el incremento del 8% en la cuantía de este dividendo a cuenta, pasando a ser de al menos 0.15 euros por acción.
Si bien se trata de un incremento de dividendo flexible, en el caso de Iberdrola la posterior amortización de acciones hace que quede totalmente eliminado el efecto dilutivo de la ampliación gratis que subyace detrás de un scrip dividend, lo cual es realmente positivo para el accionista.
Por ello, este incremento del dividendo es una muy buena noticia para los accionistas.
Aunque todavía falta tiempo para conocer la proporción de la ampliación gratuita y el precio definitivo de recompra de los derechos, os anticipo el calendario orientativo de esta operación.
Calendario del dividendo flexible de Iberdrola
- 4 de enero, comunicación de la proporción de la ampliación de capital gratuita mediante la que se instrumenta este Dividendo Flexible.
- 9 de enero, comienzo de periodo de negociación de los derechos de suscripción en Bolsa. Tendrán un derecho por acción aquellos accionistas que lo sean al cierre de la sesión bursátil del día 8 de enero.
- 23 de enero, aquellos poseedores de derechos no adquiridos en mercado, tienen hasta este día para optar por venderlos a la compañía.
- 23 de enero, último día de negociación de los derechos en Bolsa.
- 06 de febrero, fecha probable de inicio de negociación de las nuevas acciones.
En el caso de ampliaciones de capital gratuitas como ésta, la mayoría de las entidades, la nuestra también, mantiene por defecto la opción de suscribir acciones nuevas en caso de no haber respuesta por parte del titular. Como siempre, el accionista tiene tres opciones:
- vender los derechos en mercado, en este caso también hay retención del 19% aunque el tratamiento fiscal es como incremento patrimonial.
- suscribir acciones nuevas,
- vender a la entidad, en cuyo caso es tiene el tratamiento fiscal de un dividendo con retención del 19%.
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