Recordamos que estamos ante una ampliación de capital gratuita que viene a sustituir al dividendo que pagaba la compañía en estas fechas y que se conoce como "Dividendo Flexible" o " Scrip Dividend".
En estos casos tenemos tres opciones diferentes cada una con un tratamiento fiscal distinto:
1. Vender los derechos en el mercado
Desde este año, y siempre para los afectos al régimen foral vasco, la venta de derechos no minora el precio de coste de las acciones antiguas y sí supone ganancia patrimonial por el importe íntegro de la venta.
2. Vender los derechos a la propia empresa al cambio determonado previamente
En este caso el régimen fiscal de la operación es el de un dividendo normal, tributa como rendimiento del capital mobiliario con retención del 21%.
2. Suscribir nuevas acciones
Las nuevas acciones conservan la antigüedad de las acciones viejas y se suscriben a coste cero, teniendo en cuenta eso sí los posibles gastos de la suscripción.
0 comentarios:
Publicar un comentario