En cuanto a los resultados destaca la mejora del negocio en España, una vez tenido en cuenta el efecto de los decretos de recorte de primas renovables, y el buen comportamiento de la deuda de la sociedad, alcanzando más de un año antes los objetivos previstos para 2016.
Mantuvo inalterada la política de dividendos, aunque a diferencia del año anterior, en esta ocasión el segundo dividendo flexible de 2014 se adelanta al mes de Diciembre, cuando tradicionalmente se pagaba en Enero. Posiblemente los cambios fiscales que entran en vigor a partir de principios de 2015 habrán tenido bastante que ver.
El importe de este dividendo flexible se mantiene inalterado en 0.127 céntimos por acción, instrumentado vía ampliación de capital gratuita cuya proporción se conocerá los días previos al comienzo de la misma.
Lo que es muy importante es el compromiso de Iberdrola de "esterilizar" este tipos de operaciones mediante la recompra posterior de títulos en mercado, de tal forma que no aumente el número de acciones en circulación. Se trata de una medida muy positiva que evita la dilución que suponen los Dividendos Flexibles. ya podía tomar buena nota el Banco Santander, una máquina de fabricar "papelitos".
PROPORCIÓN DE LA AMPLIACIÓN: 1X45 una nueva por cada 45 antiguas
PROPORCIÓN DE LA AMPLIACIÓN: 1X45 una nueva por cada 45 antiguas
Calendario del dividendo flexible de Iberdrola:
- 28 de Noviembre, comunicación de la proporción de la ampliación de capital gratuita mediante la que se instrumenta este Dividendo Flexible.
- 02 de Diciembre, comienzo de periodo de negociación de los derechos de suscripción en Bolsa. Tendrán un derecho por acción aquellos accionistas que lo sean al cierre de la sesión bursátil del día 01 de Diciembre.
- 11 de Diciembre, aquellos poseedores de derechos no adquiridos en mercado, tienen hasta este día para optar por venderlos a la compañía a un precio de 0.127 euros por derecho.
- 16 de Diciembre, último día de negociación de los derechos en Bolsa.
- 24 de Diciembre ( y no es broma), fecha probable de inicio de negociación de las nuevas acciones.
Como siempre, tres opciones, vender los derechos en mercado generando plusvalía por esa venta (¡ojo!, que esto sólo es aplicable a los contribuyentes del País Vasco, en el resto del Estado los derechos siguen minorando el precio de coste de las acciones viejas y su venta no está sujeta a tributación), suscribir acciones nuevas, o vender a la entidad, en cuyo caso tiene el tratamiento fiscal de un dividendo, con retención del 21%.
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