Datos de la operación:
Proporción de la ampliación: 1x54, o lo que es lo mismo, una acción nueva por cada 54 viejas. Necesitamos 54 derechos para suscribir una acción nueva.Precio de recompra: 0,114 euros por derecho. Tendrán un derecho de suscripción preferente por acción los accionistas que lo sean a cierre de la sesión del lunes 02 Julio.
Adicionalmente los accionistas de Iberdrola recibirán un dividendo en efectivo de 0,03 euros por acción. En este caso se trata de un dividendo tradicional, con retención del 20%.
Calendario previsto del Dividendo Flexible o scrip dividend:
- 1 de julio de 2015: Comunicación, mediante hecho relevante, del número de derechos de asignación gratuita necesarios para recibir una acción y del precio del compromiso de compra de derechos asumido por Iberdrola.
- 2 de julio de 2015: Publicación del anuncio de la ejecución del Aumento de Capital en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.
- Fecha de referencia (record date) para la asignación de derechos de asignación gratuita (23:59 horas de Madrid).
- 3 de julio de 2015: Comienzo del periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita y del plazo para solicitar la retribución en efectivo en virtud del compromiso de compra de derechos asumido por Iberdrola.
- 14 de julio de 2015: Fin del plazo para solicitar la retribución en efectivo en virtud del compromiso de compra de derechos asumido por Iberdrola.
- 17 de julio de 2015: Fin del periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita.
- 22 de julio de 2015: Pago de efectivo a los titulares de derechos de asignación gratuita que hubieran optado por recibir efectivo en virtud del compromiso de compra de derechos asumido por Iberdrola.
- 29 de julio de 2015: Fecha prevista para el inicio de la contratación ordinaria de las nuevas acciones que se emitirán en virtud del Aumento de Capital.
Recordad también que en el caso de ampliaciones de capital gratuitas como ésta, la mayoría de las entidades, incluida la nuestra, mantiene por defecto la opción de suscribir acciones nuevas en caso de no haber respuesta por parte del titular.
Como siempre, existen tres opciones:
- Vender los derechos en mercado generando plusvalía por esa venta (¡ojo!, que esto sólo es aplicable a los contribuyentes del País Vasco, en el resto del Estado los derechos siguen minorando el precio de coste de las acciones viejas y su venta no está sujeta a tributación),
- suscribir acciones nuevas,
- o vender a la entidad, en cuyo caso tendrá el tratamiento fiscal de un dividendo, con una retención del 20%, y recordad que ya no están exentos los primeros 1.500 euros de dividendos.
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