Hoy toca despedirnos de un clásico de los últimos años, el "famoso"
Dividendo Flexible de 0.15 euros del
Banco Santander. Ya sé que acaba de finalizar el correspondiente al mes de enero, pero hoy mismo ha presentado ante la
CNMV el calendario del correspondiente al próximo mes de abril.
Debemos recordar que este pago es el último que se realizará con cargo a 2014 y, por tanto, sigue el antiguo y tantas veces criticado formato de 0.15 euros por derecho pase lo que pase.
A partir de abril, de acuerdo con lo anunciando por su nueva presidenta, el importe se reducirá a 5 céntimos, pagándose en general en efectivo, y con la idea de a futuro ligar el pago a un porcentaje del beneficio neto. Vamos, lo normal.
A estas alturas todavía se desconoce el ratio de la
ampliación de capital gratuita que conlleva el dividendo flexible, así como el precio de
recompra de los derechos de suscripción por parte del Santander. Ambas magnitudes se harán públicas pocos días antes del comienzo de la cotización en Bolsa de los derechos, y actualizaré esta entrada tan pronto se publiquen. No obstante, como siempre en precio teórico del derecho de suscripción y por consiguiente del precio de recompra, rondará los 0.15 euros por derecho.
PROPORCIÓN DE LA AMPLIACIÓN DE CAPITAL 1X46, PRECIO DE RECOMPRA DE LOS DERECHOS POR PARTE DEL BANCO SANTANDER 0,151 EUROS POR DERECHO.Este es el
calendario de la operación:
- Ampliación gratuita, en proporción 1x46, una acción nueva por cada 46 viejas. Serán necesarios 46 derechos para suscribir gratuitamente una acción nueva..
- 13 de Abril, aquellos accionistas que los sean a cierre de este día recibirán un derecho de suscripción preferente por cada acción del Banco Santander que posean.
- 14 de Abril: Comienzan a cotizar los derechos de suscripción.
- 23 de Abril: Último día para vender los derechos a Banco Santander a un precio de 0,151 euros brutos por derecho.
- 28 de Abril: Último día de cotización de los derechos, fin de la ampliación.
- 08 de Mayo: Previsiblemente el primer día de cotización de las acciones adjudicadas.
Recordad también que en el caso de
ampliaciones de capital gratuitas como ésta, la mayoría de las entidades, la nuestra también, mantiene por defecto la opción de suscribir acciones nuevas en caso de no haber respuesta por parte del titular.
Como siempre, tres opciones, vender los derechos en mercado generando
plusvalía por esa venta (¡ojo!, que esto sólo es aplicable a los contribuyentes del País Vasco, en el resto del Estado los derechos siguen minorando el precio de coste de las acciones viejas y su venta no está sujeta a tributación),
suscribir acciones nuevas, o
vender a la entidad, en cuyo caso es tiene el
tratamiento fiscal de un dividendo,
con retención del 20%.
Recordad también que al haber desaparecido la exención de los primeros 1.500 euros cobrados como dividendos, puede ser más conveniente vender los derechos en mercado, ya que, al menos en el País Vasco, esas plusvalías podrán ser compensadas con minusvalías.